24/9/09

NUEVO RÉGIMEN DISCIPLINARIO PARA EL CUERPO NACIONAL DE POLICÍA

La noticia que transcribo a continuación afectará, al menos, a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía,  en virtud del artículo 36 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales, que establece que:  "El régimen disciplinario aplicable a los miembros de los Cuerpos de la Policía Local será el establecido para el Cuerpo Nacional de Policía".   Por lo tanto habrá que estar pendiente de como queda finalmente la norma.

La técnica de remisión a un régimen aplicable a otro Cuerpo de Policía tiene la gran desventaja, para los agentes a los que por remisión se aplica, de que no han participado, ni podrán participar, en las negociaciones previas al proyecto, algo que resulta injusto y discriminatorio para los afectados.


Fuera de su horario de trabajo, los policías podrán ganarse otro sueldo con el taxi, o en una oficina, o en una tienda. El Gobierno va a presentar un nuevo régimen disciplinario para el Cuerpo Nacional de Policía con esta novedad y con sanciones más suaves.

En el propio Cuerpo Nacional de Policía (CNP) hay quien calcula extraoficialmente que casi un tercio de sus integrantes tienen un segundo trabajo, a pesar de estar prohibido por su férreo sistema de incompatibilidades y sancionado con hasta seis años de suspensión. No hay datos oficiales, pero nadie lo niega.

Pronto dejará de ser ilegal. El nuevo régimen disciplinario que prepara el Gobierno –y que Interior ha pactado con los sindicatos en sus puntos principales– permite el pluriempleo de los policías nacionales, sin más limitaciones que las que afectan al resto de los funcionarios de la Administración Central. En concreto, el texto equiparará el régimen de incompatibilidades de los agentes del CNP al de los funcionarios civiles, que viene a decir, básicamente, que no se pueden tener dos sueldos de las administraciones públicas –salvo casos excepcionales que necesitan de autorización explícita– y que, si se tiene un segundo empleo en el ámbito privado, no debe entrar en colisión con los intereses que se defienden en el público. Es decir, los policías podrán ser taxistas, abogados o tenderos, pero no, por ejemplo, vigilantes privados.

Cuando el nuevo régimen disciplinario entre en vigor –aún debe ser aprobado en Consejo de Ministros y enviado al Parlamento–, quedará abolido el actual régimen de incompatibilidades, que, prácticamente, prohibía a los policías desempeñar cualquier otro trabajo. “La pertenencia a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad –dice hoy una ley de 1986– es causa de incompatibilidad para el desempeño de cualquier otra actividad pública o privada, salvo aquellas exceptuadas de la legislación sobre incompatibilidades”.

No es la única novedad del texto. El inminente nuevo régimen disciplinario recoge también una drástica reducción de las sanciones. Una de las modificaciones más celebradas por los sindicatos policiales es la disminución de la sanción por falta muy grave. Antes, fuera la que fuera –por ejemplo, emborracharse, drogarse o, precisamente, pluriemplearse–, merecía como mínimo una suspensión de tres años. Pronto la sanción mínima a imponer por falta grave será de tres meses; la máxima seguirá siendo de hasta seis años.

Igualmente, se reduce la sanción máxima para las faltas graves, de tres años de suspensión a tres meses y, en coherencia, se acortan también los plazos tanto de prescripción como de duración máxima del procedimiento disciplinario. Hay también nuevas infracciones: será falta muy grave, al lado de otras ya vigentes como la insubordinación o el trato degradante, “la publicación o utilización indebida de secretos oficiales” y “la realización reiterada de actos de acoso psicológico u hostilidad”, ambas, por tanto, castigables con hasta con seis años de suspensión.

La necesidad de reformar el régimen disciplinario del CNP era reconocida incluso por la Administración, en un acuerdo con los sindicatos en 1992, y había sido ya debatida en varias ocasiones. Ahora, después de 17 años, puede salir adelante. Lo aprobado es el único acuerdo importante alcanzado por los sindicatos policiales con el director del Cuerpo, Francisco Javier Velázquez, y el ministro Pérez Rubalcaba. Aun así, el texto no ha conseguido el apoyo total de los agentes. El Sindicato Unificado de la Policía cree que “mejora sustancialmente la norma actual”, pero, matiza su secretario general, José Manuel Sánchez Fornet, “no alcanza el nivel de mejoras que se pactó en 2003 con el Gobierno del PP”. Ignacio López, secretario general de la Confederación Española de Policía, muestra un “moderado optimismo” ante las mejoras del texto, pero denuncia la existencia de “áreas de inseguridad jurídica” para los agentes y pide atenuar los “severos castigos que contempla por la comisión de delitos dolosos”. Ambos sindicatos confían en que el trámite parlamentario introduzca modificaciones que recojan sus demandas. López advierte incluso que el apoyo de la CEP al texto final depende de lo que pase en el Congreso.
 
Reportaje por: Juan MAYORAL

FUENTE:   INTERVIU


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