1/12/08

REGULADA LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL USO FORENSE DEL ADN

  • Tendrá la función específica de acreditar a los laboratorios que realicen análisis de ADN y aporten perfiles genéticos a la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir de estas muestras.
  • La Comisión aportará seguridad jurídica a los análisis de ADN en la determinación de la culpabilidad o la inocencia de los encausados en un proceso penal y establecerá criterios de investigación científica y técnica a seguir en su realización

El Consejo de Ministros, a propuesta de los Ministros de Justicia e Interior ha aprobado un Real Decreto por el que se regula la composición y funciones de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN.

La Comisión Nacional para el uso forense del ADN tendrá la función específica de acreditar a los laboratorios que realicen análisis de ADN y aporten perfiles genéticos a la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir de estas muestras. Está llamada, en consecuencia, a jugar un papel crucial en el adecuado funcionamiento de esta base de datos nacional, pues le corresponderá tomar en consideración los aspectos legales, científico-técnicos y logísticos para su desarrollo en España.

Configurada como un órgano colegiado adscrito orgánicamente al Ministerio de Justicia, esta Comisión aportará seguridad jurídica a los análisis de ADN en la determinación de la culpabilidad o la inocencia de los encausados en un proceso penal.

Criterios de investigación

Al mismo tiempo, la Comisión Nacional establecerá los criterios de investigación científica y técnica que se han de seguir en la realización de análisis de ADN, incluyendo la formulación de propuestas para mejorar la eficacia en la investigación y persecución de delitos, así como en la identificación de cadáveres.

La acreditación de la Comisión a los laboratorios científicos será posterior al previo reconocimiento de los mismos por parte de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), como un control suplementario para que sus análisis pasen a la base de datos policial sobre los identificadores obtenidos a partir del ADN. Se contempla, además, la futura participación en el seno de la Comisión de representantes de las bases de datos de las policías autonómicas, en el momento que se suscriba el acuerdo correspondiente.

La existencia de esta Comisión ya estaba prevista en la Ley Orgánica de 25 de noviembre de 2003, que facultaba al Juez de Instrucción para obtener muestras biológicas de los sospechosos con el fin de determinar su perfil genético. Mediante una nueva disposición adicional tercera se establece que el Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministerios de Justicia y del Interior, regulará por Real Decreto la estructura, composición, organización y funcionamiento de la Comisión Nacional sobre el uso forense del ADN. Posteriormente, la Ley Orgánica reguladora de la base de datos policial sobre identificadores obtenidos a partir del ADN, de 8 de octubre de 2007 hace referencia también a esta Comisión.

Composición

La Comisión será presidida por el Director General de Relaciones con la Administración de Justicia, contando, como vicepresidentes, con el Director del Instituto Nacional de Toxicología y de Ciencias Forenses y el representante de la Secretaría de Estado de Seguridad que designe su titular. En su composición incluye a representantes de los distintos laboratorios que efectúan análisis de ADN con fines de investigación criminal, así como a un magistrado, un fiscal, un médico forense y sendos expertos en “bioética”, “genética” y “genética médica y patología molecular” del Sistema Nacional de Salud.

En el desarrollo de sus funciones contará con una Comisión técnica permanente, cuya función es la de elaborar las propuestas de criterios de investigación científica y técnica.




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