4/12/08

RED DE RECURSOS DE ATENCIÓN AL MENOR EN EL MEDIO (I)

Teniendo en cuenta la necesaria implicación de los recursos existentes en el medio cuando es necesaria una intervención de apoyo al menor y a la familia, los recursos que pueden ser utilizados son:

RED DE RECURSOS GENERALES:

Es el conjunto de recursos puestos a disposición de toda la población. A través de ellos se ofrece una atención normalizada, evitándose de este modo la estigmatización del menor o de la familia.

Se trata de intervenciones que se realizan a través de otras áreas, como son Educación, Salud, Cultura, Trabajo, etc., utilizando para ello los medios técnicos y materiales existentes, como pueden ser los comedores escolares, la educación compensatoria, los Equipos de Orientación Educativa (EOE), las bibliotecas, los campamentos y actividades de tiempo libre, los Centros de Salud, los planes de formación y promoción de empleo, etc.

Se intenta conseguir, de este modo, el mejor aprovechamiento de los recursos existentes y, en determinados casos, facilitar el acceso a esta Red de Recursos Generales a aquellos sectores de la población que se encuentran en situaciones desfavorecidas o de marginación.

SERVICIOS SOCIALES COMUNITARIOS:

Los Servicios Sociales Comunitarios desarrollan intervenciones con menores y familias, a través de programas comunitarios o dirigidos especialmente a la familia e infancia, así como proyectos individualizados de intervención.

la actuación de los Servicios Sociales Comunitarios está dirigida a la prevención, detección y a la intervención. Tienen un carácter polivalente e integral que les capacita para actuar en aquellas situaciones que pueden ser objeto de atención a nivel comunitario, desarrollando, entre otras, las siguientes funciones:
  • Elaboración de estrategias preventivas.
  • Detección y recepción de denuncias de situaciones de riesgo.
  • Estudios y análisis de dichas situaciones.
  • Elaboración de un plan de intervención en el medio.
  • Derivación, en su caso, a los Servicios de Atención al Niño cuando la gravedad del problema así lo requiera.

AYUDAS ECONÓMICAS FAMILIARES:

Estas ayudas se consideran como un recurso complementario, y prestaciones básicas de los Servicios Sociales Comunitarios, que debe estar integrado en un proyecto de intervención familiar. Se realiza a través de los Servicios Sociales Comunitarios y se conceden a las familias para la atención de las necesidades básicas de menores a su cargo, cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello, con el fin de evitar el internamiento del menor y posibilitar su integración en el entorno familiar y social.

Estas ayudas tienen como objetivo:
  • La prevención, reducción o supresión de situaciones de riesgo social para los menores, derivadas de la carencia de recursos económicos.
  • la reinserción sociolaboral de los menores mediante el retorno al hogar de origen, cuando la permanencia del menor fuera del mismo se debe, fundamentalmente, a la carencia de recursos económicos.
Para cubrir estos objetivos anualmente se firman convenios entre las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y las Corporaciones Locales, con objeto de articular las Ayudas Económicas Familiares.

AYUDAS A DOMICILIO:

Este servicio, considerado como una prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios, proporciona, mediante personal especializado, una serie de atenciones preventivas, asistenciales y rehabilitadoras, en orden a posibilitar la permanencia del menor en su medio habitual y mantener la estructura familiar evitando situaciones de desarraigo.

En cuanto a las actuaciones básicas que contempla la orden son las siguientes:
  • Actuaciones de carácter doméstico.
  • Actuaciones de carácter personal.
  • Actuaciones de carácter educativo.
  • Actuaciones de carácter sociocomunitario.
  • Ayudas técnicas y adaptativas del hogar.

(La Atención de la Infancia en Andalucía)



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